PEREZ, MAXIMO MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Jubilado reclama reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta modificó la sentencia y ordenó el recálculo del haber inicial conforme a los índices aplicables.
Reajuste de su haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Admitió el agravio del actor respecto a la aplicación del ISBIC para actualizar las remuneraciones anteriores a febrero de 2009. Confirmó lo decidido sobre la Prestación Básica Universal y el rechazo de la retención del impuesto a las ganancias. Dejó sin efecto las pautas dadas para la movilidad a partir de marzo de 2018. Declaró la inconstitucionalidad de ciertos topes establecidos por la ley. La Cámara consideró que no se puede convalidar la aplicación de un índice de actualización para las remuneraciones hasta febrero de 2009 que implique una regresión a los derechos de los jubilados. Por lo tanto, ordenó que las remuneraciones anteriores a esa fecha se actualicen conforme al ISBIC y las posteriores según el índice de la ley 27.426. Confirmó lo resuelto sobre la PBU y el impuesto a las ganancias.
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