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SALINAS, JUSTO CALIMERIO c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor reclamó el pago del adicional Racionamiento en su haber de retiro. La Cámara Federal de Resistencia confirmó el reconocimiento del adicional Racionamiento como remunerativo y no bonificable.

Servicio penitenciario federal Aportes previsionales Haber de retiro Decretos Remunerativo Adicional racionamiento Racionamiento personal o familiar

Pago del adicional "Racionamiento" en el haber de retiro

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el pago del adicional "Racionamiento" como integrante del haber de retiro. Se rechazó la aplicación de otros adicionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que el adicional "Racionamiento" tiene carácter remunerativo y debe ser abonado a los agentes retirados de la misma manera que al personal en actividad, para mantener la debida proporcionalidad. Respecto al cuestionamiento sobre la compensación "Gastos por Prestación de Servicio", la Cámara se remitió a lo resuelto en otro expediente sobre el mismo reclamo, considerando que el planteo era reiterativo.

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