BENEFICIARIO: NAVARRO , CRISTIAN ALEJANDRO s/HABEAS CORPUS
El interno promovió hábeas corpus por impedimento de realizar videollamada. La Cámara Federal confirmó el rechazo in limine por no configurarse supuestos de procedencia de la acción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El interno Cristian Alejandro Navarro, alojado en la Unidad Nº 8 del Servicio Penitenciario Federal, interpuso un hábeas corpus por no haber podido realizar una videollamada quincenal autorizada con su hermano Rodrigo Navarro, alojado en el Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos. El Juzgado Federal de Jujuy Nº 1 rechazó in limine el hábeas corpus, entendiendo que no se verificaba una conducta injustificada de la autoridad penitenciaria, ya que la imposibilidad de realizar la videollamada se debió a una superposición de audiencias, gestionándose un nuevo cronograma. La Cámara Federal de Salta, Sala I, confirmó el rechazo in limine del hábeas corpus, considerando que el reclamo de Navarro no configuraba ninguno de los supuestos previstos en el art. 3 de la ley 23.098 para la procedencia de esta acción, pues el impedimento no se motivó en una restricción indebida sino en razones operativas justificadas por la autoridad penitenciaria.
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