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LOVEY, EUGENIO JOSE c/ ESTADO NACIONAL EJERCITO ARGENTINO Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor demandó al Ejército Argentino por suplementos no pagados. La Cámara Federal de Resistencia confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.

Imposicion de costas Retroactividad Criterio objetivo de la derrota Ejercito argentino Suplementos

Cobro de suplementos en el haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó al Ejército Argentino que liquide y pague al actor los suplementos adeudados, con retroactividad, hasta la fecha de derogación de los mismos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 68 del CPCCN consagra el criterio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas, independientemente de la buena o mala fe o de la mayor o menor razón para litigar.
- El hecho de que la acción no haya prosperado en toda su extensión no justifica la liberación de costas a quien no se allanó ni parcialmente, y obligó a litigar al acreedor para obtener el reconocimiento de su derecho.

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