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GOMEZ, ROBERTO ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó recalcular el haber inicial aplicando el índice ISBIC sin limitación temporal.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Retroactivo Reajuste previsional Indice isbic Indice combinado Doctrina villanustre

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia, que ordenó recalcular el haber inicial aplicando el índice ISBIC sin limitación temporal. Rechazó los agravios de la demandada relativos a la aplicación del índice combinado y del límite de la doctrina "Villanustre". Confirmó la exención del pago de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. Fundamentos principales:
- La ley 26.417 establece que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustan por el índice ISBIC, mientras que las de marzo y meses siguientes hasta la adquisición del beneficio se actualizan conforme al nuevo régimen previsional. Por lo tanto, la discusión sobre la procedencia del ISBIC es irrelevante.
- La doctrina "Villanustre" sobre limitación del porcentaje de reajuste no resulta aplicable al régimen de la ley 24.241, donde el haber inicial no está determinado en un porcentaje de un haber de referencia.
- Corresponde confirmar la exención del pago de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, en línea con precedentes de la propia Cámara.

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