RIVEROS, JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda solicitando que en el recálculo de su haber jubilatorio no se apliquen los topes máximos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la constitucionalidad de los topes de la ley previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Alberto Riveros, demandó a la ANSES solicitando que en el recálculo de su haber jubilatorio no se apliquen los topes máximos establecidos en los arts. 25 y 9 de la ley 24.241. La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, rechazó el recurso de apelación de la actora y confirmó la constitucionalidad de los topes previsionales. Fundamentó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario activo en virtud del límite máximo de aportes, no puede obtener una prestación que incluya sumas por las que no contribuyó, ya que ello implicaría un subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo. Además, la actora no acreditó que la norma la prive de efectos previsionales a aportes efectivamente ingresados al sistema. En cuanto a los demás agravios de la ANSES, la Cámara los rechazó, confirmando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y de la Resolución SSS 6/2009, por resultar contrarias a la movilidad jubilatoria y alterar el cálculo del haber, respectivamente.
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