GOMEZ, NELIDA SECUNDINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando la doctrina de la CSJN sobre la actualización del haber inicial.
Reajuste del haber jubilatorio y movilidad
¿Qué se resolvió?
Se confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente al reclamo, reajustando el haber inicial según la doctrina de la CSJN, declarando la inconstitucionalidad de normas que suspendían la movilidad, y excluyendo al retroactivo del pago de impuesto a las ganancias.
- Fundamentos relevantes:
- Se debe calcular el haber inicial de los aportes autónomos multiplicando la proporción aportada por el haber mínimo vigente.
- La actualización de las remuneraciones debe hacerse con el índice combinado previsto en la ley 26.417.
- No corresponde aplicar la limitación del fallo "Villanustre" al haber reajustado.
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad de normas que suspendían la movilidad.
- Los retroactivos de haberes previsionales se encuentran exentos del impuesto a las ganancias.
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