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ORTEGA, GABRIELA ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del haber inicial de la jubilación sin límites temporales y la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Confiscatoriedad Reajuste de haberes Ley 26 417 Indice isbic Topes previsionales

Reajuste de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando el reajuste del haber inicial de la jubilación de la actora aplicando la doctrina jurisprudencial del caso "Elliff", sin la limitación temporal prevista en la normativa. Asimismo, confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. En cuanto a la cuestionada constitucionalidad de los topes previsionales, difirió su tratamiento a la etapa de liquidación. La Cámara señaló que, si bien inicialmente correspondía aplicar el índice ISBIC, luego con la sanción de la Ley 26.417 el ajuste de las remuneraciones debía hacerse conforme al nuevo régimen previsional. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, se remitió a la doctrina del precedente "Di Lorenzo" donde se había resuelto dicha cuestión. Por último, en relación a los topes previsionales, se difirió su tratamiento a la etapa de liquidación, para que en caso de corroborarse su carácter confiscatorio, se declare la inconstitucionalidad, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso "Actis Caporale".

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