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GONZALEZ, MARIA IRENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo el índice ISBIC para la actualización del haber inicial.

Costas Inconstitucionalidad Jubilacion Reajuste Ripte Isbic


- Actora: María Irene González

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, sin aceptar el pedido de ANSES de utilizar el índice RIPTE. Asimismo, rechazó la limitación del haber reajustado según la doctrina "Villanustre" y confirmó la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 sobre costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el Congreso, y no el Poder Ejecutivo, es el encargado de establecer el índice de actualización de los haberes jubilatorios, conforme a la doctrina de la CSJN en "Blanco, Lucio O.".
- Respecto a la limitación del haber según "Villanustre", la Cámara entendió que dicha doctrina no era aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Confirmó la imposición de costas a la ANSES vencida, por ser inconstitucional el art. 21 de la Ley 24.463.

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