DIAS, ELOISA CAROLINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora interpuso recurso de apelación contra la resolución de primera instancia. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que suspendía la movilidad jubilatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Eloisa Carolina Dias, demandó a ANSES por reajustes en su haber previsional. El Juzgado Federal de San Juan había rechazado su reclamo en primera instancia. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la actora. Por un lado, declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley N° 27.426, que disponía la aplicación retroactiva sobre los períodos devengados de julio a diciembre de 2017, por considerar que era regresivo respecto de la movilidad alcanzada por la derogada Ley N° 26.417. Por otro lado, la Cámara ordenó a ANSES que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021, con las movilidades que le hubiesen correspondido de haberse aplicado la ley suspendida N° 27.426, convalidándose para los períodos anteriores los decretos cuestionados. La Cámara se remitió a precedentes propios y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para fundamentar su decisión.
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