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MENDIBURU, JOSE ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social sobre la actualización del haber inicial.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Indice de actualizacion Retroactivo Haber jubilatorio Ripte Isbic


¿Quién es el actor?

Mendiburu Jose Antonio

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucionales las resoluciones de ANSES y Secretaría de Seguridad Social sobre la actualización del haber inicial, debiendo aplicarse el índice ISBIC conforme al precedente "Elliff". También confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo y la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426. Fundamentos principales:
- Respecto a la determinación del haber inicial, corresponde aplicar el precedente "Elliff" y el índice ISBIC, sin la limitación temporal de la norma.
- La Corte Suprema declaró que ANSES y la Secretaría de Seguridad Social se arrogaron facultades que no tenían al establecer el índice RIPTE.
- La doctrina "Villanustre" sobre límites porcentuales no es aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- El retroactivo no debe tributar impuesto a las ganancias por su naturaleza resarcitoria.
- La aplicación retroactiva del art. 2 de la Ley 27.426 es regresiva respecto a la movilidad alcanzada por la derogada Ley 26.417.

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