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VIUDEZ, MARIA ALEJANDRA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora demandó el beneficio de pensión por viudez, que inicialmente le fue denegado por ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció al causante como aportante irregular con derecho.

Proporcionalidad Interpretacion amplia Pension por viudez Solidaridad social Aportante irregular con derecho


¿Quién es el actor?

María Alejandra Viudez

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Beneficio de pensión por viudez

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó otorgar el beneficio de pensión directa a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 95 de la Ley 24.241 y el Decreto 460/99 diferencian la calidad de aportante regular y aportante irregular con derecho.
- La Corte Suprema de Justicia ha propiciado una interpretación amplia de la normativa a fin de atender casos donde la vida laboral se trunca por un hecho que excede la voluntad del causante.
- En el caso, el causante acreditó más del 50% del mínimo de servicios que se le podrían haber exigido en forma proporcional a su vida laboral, por lo que corresponde reconocerle la calidad de aportante irregular con derecho.
- No corresponde imputar falta de solidaridad social cuando el causante acreditó 20 años de servicios con aportes.

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