Logo

HIDALGO, GRACIELA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó el cálculo del haber inicial de su jubilación. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la movilidad correspondiente al último semestre de 2017 se aplique conforme a la ley 26.417.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Jubilacion Movilidad Reajuste de haber

Impugnación del cálculo del haber inicial de jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia. Ordenó que la movilidad correspondiente al último semestre de 2017 se aplique conforme a la ley 26.417, y que a partir de septiembre de 2018 se aplique la movilidad establecida por la ley 27.426. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la imposición de costas a la ANSES. Los fundamentos principales fueron:
- El art. 2 de la ley 27.426 que establecía la nueva fórmula de movilidad debía aplicarse a partir de septiembre de 2018, mientras que los aumentos del último semestre de 2017 correspondían a la aplicación de la ley 26.417.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, se reiteró el criterio establecido en jurisprudencia previa.
- En cuanto a las costas, se impusieron a la ANSES de conformidad con lo previsto en el art. 36 de la ley 27.423.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar