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LLORENTE, ANA GRACIELA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS

La actora solicitó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al revocar la inaplicabilidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, pero confirmó las demás consideraciones.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Reajuste Topes Isbic


¿Quién es el actor?

Ana Graciela Llorente

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Revocó la inaplicabilidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, pero confirmó lo demás. La Cámara Federal consideró que:
- Respecto al índice de actualización del haber inicial, corresponde mantener el ISBIC, de acuerdo al precedente "Elliff" de la CSJN.
- En cuanto a los topes, corresponde diferir su tratamiento para la etapa de liquidación.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre costas.
- Confirmó la exención del impuesto a las ganancias y la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.

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