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VOLPATO, CLAUDIA PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora demandó a ANSES por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal confirmó la decisión de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial aplicando los índices establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Prescripcion Seguridad social No regresividad Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Ripte Isbic

Reajuste de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando el recálculo del haber inicial aplicando los índices ISBIC establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Corte Suprema ha señalado reiteradamente el deber de los tribunales inferiores de conformar sus decisiones a las sentencias de dicho tribunal, salvo que medien motivos valederos para apartarse debidamente fundados.
- En referencia al cálculo del haber inicial, corresponde aplicar la doctrina establecida por la Corte Suprema en el fallo "Elliff" que dispone la utilización del índice ISBIC sin limitación temporal, a fin de mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos.
- Respecto a la pretensión de aplicar el índice RIPTE, dicho índice fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema en el precedente "Blanco", por haberse arrogado la ANSES una facultad que no poseía al establecerlo.
- En cuanto a la actualización de la PBU, la eventual procedencia de su actualización debe evaluarse en la etapa de liquidación, por lo que no se observa una decisión que genere un agravio actual al apelante.

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