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CARRERA, MARIA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandante promovió reclamo por reajuste del haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar el índice ISBIC para la determinación del haber inicial.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Reajuste Retroactivo Ripte Topes Isbic


¿Quién es el actor?

María Alejandra Carrera

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ratificó la aplicación del índice ISBIC para el cálculo del haber inicial, desestimó el planteo de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020 y 495/2020, y confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. Rechazó el pedido de aplicar el índice RIPTE y los topes del art. 9 Ley 24.463. Principales fundamentos:
- Corresponde mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial, de acuerdo al precedente "Elliff".
- El planteo de sustituir el ISBIC por el RIPTE no procede, en línea con el fallo "Blanco" de la CSJN.
- La doctrina "Villanustre" no es aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Los topes del art. 9 Ley 24.463 son constitucionales, pero su aplicación debe evaluarse en la etapa de ejecución, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- La exención del retroactivo del impuesto a las ganancias se funda en la propia naturaleza de las sumas adeudadas.

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