PEREZ, LUISA JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia que ordenó el reajuste del haber jubilatorio inicial y eximió al retroactivo del impuesto a las ganancias.
Reajuste del haber jubilatorio inicial y exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el reajuste del haber inicial conforme a la doctrina "Elliff", pero aclarando que a partir de marzo de 2009 debe aplicarse el índice combinado previsto en la Ley 26.417.
- Se confirma la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, en línea con precedentes de la Cámara.
- Se imponen las costas a la demandada vencida, de acuerdo a lo resuelto por la CSJN en "Morales".
Fundamentos relevantes:
- La Cámara señaló que la Ley 26.417 modificó el régimen de actualización de las remuneraciones, estableciendo que a partir de marzo de 2009 debe aplicarse el índice combinado previsto en dicha norma.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, la Cámara sostuvo que no es necesario declarar la inconstitucionalidad de la norma, sino que se trata de evitar que ANSES retenga dicho impuesto en cumplimiento de su obligación de salvaguardar la integralidad del retroactivo.
- En cuanto a la imposición de costas, la Cámara aplicó el criterio establecido por la CSJN en "Morales" de imponerlas a la parte demandada vencida.
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