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CACERES, PRAXEDES DANIEL Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - G.N s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Gendarmes reclaman incorporación de diversos suplementos al haber mensual. La Cámara Federal de Posadas revocó parcialmente la sentencia y ordenó reconocer el derecho de los actores al cobro de los montos previstos en el Decreto N° 1897/85 y la Resolución N° 500/85 del Ministerio de Defensa.

Prescripcion Proporcionalidad Gendarmeria nacional Suplementos Bonificables Remunerativos Personal retirado

Incorporación al haber mensual de diversos suplementos con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó el reconocimiento del derecho de los actores al cobro de los montos previstos en el Decreto N° 1897/85 y la Resolución N° 500/85 del Ministerio de Defensa. Asimismo, revocó la declaración de prescripción y la fijó en 5 años. Confirmó lo demás resuelto. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que los montos otorgados por el Decreto 1897/85 y la Resolución 500/85 deben ser considerados remunerativos y bonificables.
- Respecto al personal retirado, se debe preservar la proporcionalidad entre el haber de retiro y el de actividad.
- La aplicación del plazo de prescripción quinquenal previsto en el Código Civil anterior, en lugar del bianual del Código Civil y Comercial vigente.

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