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GIL, ERNESTO MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES recalcular el haber jubilatorio del actor aplicando el índice ISBIC y exentando el retroactivo del impuesto a las ganancias.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Reajuste Retroactivo Pbu Aportes autonomos Isbic Indice combinado

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso de apelación presentado por la ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales:
- La ley 26.417 es aplicable al caso ya que el beneficio fue otorgado en 2019, por lo que corresponde aplicar el índice combinado previsto en dicha norma.
- Para el recálculo de los aportes autónomos, se debe seguir el criterio establecido en los precedentes "Elliff" y "Makler".
- Respecto a la actualización de la PBU, corresponde aplicar la movilidad dispuesta por las leyes 26.417 y 27.426.
- No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 dado que el beneficio fue otorgado con posterioridad a su vigencia.
- Procede exentar el retroactivo del impuesto a las ganancias, conforme al criterio jurisprudencial de la Corte Suprema.
- No corresponde aplicar la limitación de la doctrina "Villanustre" al régimen de la ley 24.241.

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