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CASTRO, REIMUNDA AURELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando la aplicación del índice de actualización sin limitación temporal y admitiendo la actualización de la Prestación Básica Universal.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Retroactivo Reajuste jubilatorio Pbu Ley 26 417 Indice isbic

Reajuste de haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ratificó la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal y la actualización de la PBU, rechazando el límite propuesto por ANSES. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre imposición de costas. Fundamentos principales:
- Corresponde aplicar el índice ISBIC sin limitación temporal para la actualización de las remuneraciones hasta febrero 2009, y el índice combinado a partir de marzo 2009 según la ley 26.417.
- La CSJN admite la actualización de la PBU incluso para beneficios adquiridos con posterioridad a la ley 26.417.
- No corresponde limitar el monto reajustado según la doctrina "Villanustre", dado que esta refiere al régimen de la ley 18.037 y no a la ley 24.241.
- El retroactivo previsional está exento del impuesto a las ganancias por aplicación del art. 20 inc. v) de la ley del impuesto.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre imposición de costas, debiendo aplicarse el art. 36 de la ley 27.423.

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