SOLIS, EDUARDO DARIO POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DEL NIÑO, D.L.S., Y.S. c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD - I.O.S.F.A. s/AFILIACIONES
El actor promovió acción de amparo para que se ordene la afiliación de un menor bajo su guarda judicial al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión que hizo lugar a la demanda.
¿Quién es el actor?
Eduardo Darío Solis, por derecho propio y en representación del menor S.Y.D.L.S.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo para ordenar la afiliación del menor a IOSFA
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción, declarando la inconstitucionalidad de la limitación de afiliación contemplada en el régimen de IOSFA, y ordenando afiliar al menor mientras dure la guarda judicial o se readecue en otra figura.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El régimen de IOSFA al limitar la afiliación sólo a los casos de guarda con fines de adopción, desconoce la figura de la guarda judicial provisoria contemplada en el Código Civil y Comercial.
- La guarda tiene por fin brindar asistencia integral al menor, por lo que la afiliación a la obra social del guardador constituye un modo de facilitarle el cumplimiento de esas obligaciones, independientemente de la proyección futura del vínculo.
- Se debe priorizar el interés superior del niño, garantizando su derecho a la salud como miembro del grupo familiar de sus guardadores.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: