MENDOZA, MARIA FLORENCIA c/ OSDE s/PRESTACIONES MEDICAS
La actora promovió acción de amparo para que la medicina prepaga cubra el implante coclear de su hija menor. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora María Florencia Mendoza, en representación de su hija menor de edad T.M.M., demandó a la medicina prepaga OSDE para que le brinde la cobertura total e integral del implante coclear izquierdo y su posterior rehabilitación. El Tribunal consideró que se encuentra comprometido el derecho a la salud de la menor, reconocido constitucionalmente. Señaló que si bien la acción de amparo no está destinada a reemplazar los medios ordinarios, su exclusión no puede basarse en una apreciación ritual, debiendo garantizarse el acceso a la jurisdicción cuando se afectan derechos constitucionales. Respecto al fondo, el Tribunal entendió que la normativa aplicable (Resoluciones 201/02 y 1991/2005 del Ministerio de Salud) obliga a OSDE a brindar la cobertura integral del implante, más allá de que la Resolución 46/2004 establezca pautas sobre el tema. Por ello, confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. En cuanto a las costas, si bien uno de los jueces opinó que OSDE debía estar eximida del pago de la tasa de justicia por su condición de agente del seguro de salud, la mayoría del Tribunal entendió que esa exención no procede cuando la entidad es vencida en el juicio, debiendo entonces abonar dicha tasa.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: