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G., P. L. c/ OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para que se la reafilie a OSCONA/OSDE en las mismas condiciones anteriores a su jubilación. La Cámara Federal revocó la sentencia y ordenó a las demandadas que la reafilien en las mismas condiciones previas a la baja.

Obra social Derecho a la salud Deber de informacion Jubilacion Amparo Reafiliacion Libre eleccion

Reafiliación a OSCONA/OSDE en las mismas condiciones anteriores a su jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a las demandadas que reafilien a la actora y su grupo familiar en las mismas condiciones previas a la baja, debiendo brindarles la asistencia médica adecuada contra el pago del monto correspondiente al plan contratado. Fundamentos principales:
- La creación del INSSJP no implica un pase automático de los jubilados a dicho instituto, sino que requiere la opción voluntaria de los interesados.
- La actora informó a las demandadas su voluntad de mantener la afiliación a OSCONA/OSDE, pero estas se lo negaron, vulnerando su derecho a la libre elección de obra social.
- Las demandadas no cumplieron con el deber de información y no permitieron a la actora ejercer su opción de continuidad.

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