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E. T., M. EN REP DE, ANA MARIA E. CASTELBAJAC c/ GALENO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA s/AMPARO LEY 16.986

La amparista promovió acción de amparo contra la aseguradora de salud. La Cámara Federal de Apelaciones declaró mal concedido el recurso de apelación de la aseguradora por extemporáneo y modificó el monto de los honorarios del letrado de la amparista.

Honorarios profesionales Amparo Derechos de la seguridad social Aseguradora de salud


¿Quién es el actor?

M. E. T. en representación de C. B., A. M.

¿A quién se demanda?

GALENO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones declaró mal concedido el recurso de apelación de la demandada por ser extemporáneo, confirmando la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Por otro lado, modificó al alza el monto de los honorarios del letrado de la amparista, elevándolos a 26 U.M.A. Los jueces consideraron que el recurso de apelación de la demandada fue interpuesto fuera del plazo de 48 horas que establece la Ley 16.986. Respecto a los honorarios, analizaron la labor profesional, la complejidad e importancia del juicio, y que las actuaciones carecían de monto base arancelaria, por lo que entendieron corresponde elevarlos de acuerdo a los arts. 15, 16, 19, 48 y 51 de la Ley 27.423.

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