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AGOSTINI, MARCELO LUIS c/ ANSES s/RENTA VITALICIA PREVISIONAL

El actor demandó a la ANSES por renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que integraba el haber mínimo y aplicaba la movilidad y tasa de interés correspondientes.

Tasa de interes Costas Seguridad social Movilidad Renta vitalicia previsional Haber minimo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Agostini Marcelo Luis adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 09/04/1998. La demandada, ANSES, apeló la sentencia que ordenaba la integración del haber mínimo, el recálculo por movilidad y la aplicación de la tasa de interés correspondiente. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó lo resuelto por el juez de primera instancia, remitiéndose a los fundamentos vertidos en fallos anteriores sobre cuestiones análogas. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que establece el deber del Estado de asegurar el nivel adecuado de las prestaciones. Respecto a la imposición de costas, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la vencida (ANSES).

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