H., N. B. (EN REPRESENTACION DE AT E) c/ OSEIV s/LEY DE DISCAPACIDAD
La actora promovió acción de amparo solicitando la cobertura de acompañante terapéutico y educación especial para su hijo. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia al revocar la imposición de costas por su orden y distribuirlas entre las partes.
¿Quién es el actor?
N.B.H. (en representación de A.T.E.)
¿A quién se demanda?
O.S.E.I.V.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de acompañante terapéutico y educación especial para hijo con discapacidad
¿Qué se resolvió?
- Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas del proceso de primera instancia a la obra social demandada en un 50%.
- Se imponen las costas de Alzada a la parte demandada.
- Se regulan los honorarios de las abogadas intervinientes en segunda instancia.
Fundamentos principales:
- El derecho a la salud del menor está amparado por disposiciones constitucionales y leyes especiales como la Ley 24.901 que establece la obligación de las obras sociales de brindar cobertura integral a las personas con discapacidad.
- La conducta arbitraria de la obra social al negar la cobertura del acompañante terapéutico justifica la procedencia de la acción de amparo y la distribución parcial de las costas.
- Respecto a la cobertura educativa, al no haberse acreditado la necesidad, corresponde distribuir prudencialmente las costas entre las partes.
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