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MAIGUA, TOMAS Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFNSA-FFAA) s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Militares reclaman incorporar el suplemento por zona al haber de retiro. La Cámara Federal de Mar del Plata confirma el rechazo de la demanda al considerar que el suplemento no tiene carácter general.

Fuerzas armadas Csjn Haber de retiro Suplemento por zona Caracter particular

Incorporar el suplemento por zona al haber de retiro

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación, confirmando la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La resolución 1459/93 que establece el suplemento por zona no lo otorga con carácter general a todo el personal militar, sino de forma particular a quienes prestan servicios en las áreas geográficas determinadas.
- Para que un suplemento sea considerado de carácter general y deba incorporarse al haber de retiro, se requiere que la norma lo haya otorgado a la totalidad de los militares en actividad, o bien que se demuestre que la totalidad del personal de un mismo grado o de todos los grados lo percibe. Esto no se ha probado en el caso.
- Conforme la jurisprudencia de la CSJN (causa "Bovari"), el carácter particular del suplemento por zona implica que se mantiene mientras el militar permanece destinado en los lugares a que hace referencia la resolución, cesando cuando es trasladado a otro destino.

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