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M., F. S. c/ INSSJYP s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para obtener la afiliación de su hijo discapacitado al INSSJYP. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al INSSJYP arbitrar los medios necesarios para proceder a dicha afiliación.

Obra social Discapacidad Amparo Derechos fundamentales Afiliacion


¿Quién es el actor?

F. S. M.

¿A quién se demanda?

INSSJYP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de afiliación al INSSJYP del hijo del actor, persona con discapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la acción de amparo. Consideró que correspondía ordenar al INSSJYP la afiliación del hijo del actor, teniendo en cuenta su condición de persona con discapacidad y la interpretación más favorable a los derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud del accionante se encuentra amparado por un amplio marco constitucional y legal.
- La Ley 19.032 de creación del INSSJYP establece que éste debe otorgar prestaciones a su grupo familiar primario.
- La pensión que recibe el hijo del actor no es óbice para su afiliación al INSSJYP, dado que los beneficiarios de pensiones no contributivas cuentan con libertad de elección entre los agentes de salud.
- La negativa del INSSJYP a afiliar al hijo del actor, pone en grave riesgo su salud y lo coloca en una situación de extrema vulnerabilidad, configurando una conducta arbitraria.

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