MAIDANA, ERACLIO LUCIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Maidana Eraclio Lucio promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda.
ANSES apeló la sentencia y cuestionó: i) la aplicación del índice ISBIC en lugar del índice RIPTE; ii) el recálculo del haber inicial; iii) el tratamiento de los aportes autónomos incluidos en la moratoria previsional; iv) la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 (sistema de topes); v) la tasa de interés aplicada; y vi) la imposición de costas.
La Cámara Federal de Apelaciones rechazó los agravios de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia. Fundamentó su decisión en:
- El índice ISBIC es el indicador válido para la actualización de los haberes, de conformidad con la jurisprudencia de la CSJN.
- El recálculo del haber inicial debe realizarse conforme a la normativa vigente y los antecedentes jurisprudenciales.
- La inclusión de los aportes autónomos debe actualizarse en proporción a la renta que representan.
- El tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 se diferirá para la etapa de ejecución de sentencia.
- La tasa de interés aplicada es la establecida en la jurisprudencia.
- Las costas deben imponerse a la vencida, declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
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