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RS, A c/ OMINT s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió un amparo por cobertura médica de su hija con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó la cobertura integral del tratamiento solicitado.

Obra social Discapacidad Interes superior del nino Costas procesales Amparo Trastorno del espectro autista Cobertura medica integral

cobertura médica para tratamiento de la hija de la actora con Trastorno del Espectro Autista (TEA)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral del tratamiento requerido. Los fundamentos principales son:
- El derecho a la salud de la menor, amparado constitucionalmente y por tratados internacionales, implica que las obras sociales deben brindar una cobertura integral acorde a las necesidades del paciente.
- La conducta de la obra social, tendiente a evitar la cobertura del tratamiento, fue arbitraria y contraria a la normativa vigente.
- Corresponde confirmar el porcentaje de cobertura del 100% ordenado en primera instancia, en atención al diagnóstico de la niña y a los principios de la ley 24.901 que promulga la cobertura integral.
- No existen motivos para eximir a la obra social del pago de costas, que se imponen conforme el principio objetivo de la derrota.
- Los honorarios regulados al letrado de la actora en primera instancia se consideran ajustados a derecho.

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