D. C; M. I. c/ OSDEPYM s/LEY DE DISCAPACIDAD
La actora promovió acción de amparo por cobertura de prestaciones médicas y actividades terapéuticas para su hija con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la imposición de costas a la obra social en un 50%.
¿Quién es el actor?
M.I.D.C.
¿A quién se demanda?
OSDEPYM (Obra Social)
- Objeto de la demanda: Cobertura de prestaciones médicas y actividades terapéuticas para su hija con discapacidad (TEA)
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora contra la imposición de costas por su orden. Resolvió imponer las costas de primera instancia a la obra social en un 50% y las de segunda instancia a la obra social vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud de la menor está amparado por un marco constitucional y legal, en especial por la Ley 24.901 que establece la obligatoriedad de las obras sociales de brindar cobertura integral.
- La conducta de la obra social al negar inicialmente la cobertura requerida fue arbitraria e ilegal, lo que justificó el inicio de la acción de amparo.
- Respecto a las prestaciones de colonias de vacaciones, natación terapéutica y comedia musical, no se acreditó debidamente su necesidad terapéutica, por lo que corresponde aplicar el art. 71 del CPCCN de distribución proporcional de costas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: