L; S. T. c/ OSDOP (OBRA SOCIAL DE DOCENTES PARTICULARES) s/AFILIACIONES
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a favor de la letrada de la parte actora en una demanda por afiliación a la obra social de docentes particulares.
¿Quién es el actor?
S. T. L.
¿A quién se demanda?
OSDOP (Obra Social de Docentes Particulares)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Afiliación a la obra social
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios regulados a favor de la letrada de la parte actora, por considerar que se ajustan a lo establecido en la Ley 27.423 teniendo en cuenta la labor profesional realizada, su extensión, el resultado favorable obtenido y la complejidad e importancia del juicio. Fundamentos principales: "Valorando la labor profesional realizada (desarrollada bajo la vigencia de la ley 27.423), su extensión y resultado favorable obtenido (que surge del decisorio obrante a fs. 33/48, que hizo lugar a la acción promovida, con costas a la demandada), como así también la complejidad e importancia del juicio, teniendo en cuenta el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito, el tiempo empleado en la solución del litigio, y que las presentes actuaciones carecen de monto que pueda ser considerado como base arancelaria, entiendo que los honorarios regulados se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423, debiendo en consecuencia desestimarse la apelación intentada."
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