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R; J. B. c/ OBRA SOCIAL AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA s/AMPARO LEY 16.986

La obra social demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo promovida por el actor con discapacidad. La Cámara Federal confirmó el fallo y ordenó la cobertura del 100% del costo de una silla de ruedas con motor y bipedestación.

Costas Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Amparo Persona con discapacidad Silla de ruedas

Cobertura del 100% del costo de una silla de ruedas con motor y bipedestación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por la obra social y confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud del actor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que impone a las obras sociales la obligación de brindar una cobertura total y ajustada a las necesidades de las personas con discapacidad.
- La sola omisión en la provisión de los cuidados de salud requeridos por el actor implicaba un peligro serio, cierto y grave para su salud, violentando sus derechos constitucionales.
- No existen razones válidas para apartarse de la regla general de imponer las costas al recurrente vencido.

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