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S; S. V. c/ OSDOP-OBRA SOCIAL DE DOCENTES PARTICULARES s/PRESTACIONES MEDICAS

La amparista demandó a la obra social por la cobertura de prestaciones médicas. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo.

Costas Obra social Honorarios profesionales Prestaciones medicas Accion de amparo


- Actor: S., S. V.
- Demandado: OSDOP-OBRA SOCIAL DE DOCENTES PARTICULARES
- Objeto: Prestaciones médicas
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El art. 14 de la ley de amparo establece el principio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas, tendiendo a resarcir al vencedor de los gastos incurridos.
- Si bien este principio no es absoluto, en el caso no se verifican circunstancias que permitan apartarse del mismo, ya que la amparista se vio compelida a iniciar la acción ante la conducta reticente de la demandada.
- Las costas no implican una sanción al litigante vencido, sino una modalidad resarcitoria de los gastos que el vencedor debió realizar.
- Los honorarios regulados a la letrada de la amparista se ajustan a lo establecido en la ley 27.423.

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