RIZZO, MARCELO PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial.
- Actor: Marcelo Pedro Rizzo
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste de haberes previsionales
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 y ordenó el recálculo del haber inicial. Revocó lo dispuesto sobre el reajuste de la PBU y la tasa de interés, difiriendo su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia. Respecto a la inconstitucionalidad de los arts. 9 de la Ley 24.463 y 25 y 26 de la Ley 24.241, difirió su tratamiento para la etapa de ejecución.
- Fundamentos:
"Que del examen de autos surge que el Sr. RIZZO MARCELO PEDRO, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 29/04/2019."
"Respecto al primer agravio, sobre el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, siendo que ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: "MORO, ANGEL ALBERTO c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004934/2021/CA001 Fecha: 12/08/2024", corresponde confirmar lo resuelto por el juez de grado, remitiendo a los fundamentos vertidos en los fallos citados, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"En referencia al agravio sobre el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: "GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES", 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en "QUIROGA CARLOS ALBERTO c/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS", Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: