DE RUBERTIS, GUSTAVO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor impugnó la sentencia de primera instancia respecto al método de cálculo y actualización de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó a la demandada el pago de las diferencias correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. DE RUBERTIS GUSTAVO EDUARDO promovió demanda contra ANSES por reajuste de haberes de su beneficio previsional.
El tribunal de primera instancia dictó sentencia, la cual fue recurrida por ambas partes.
La Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar parcialmente al recurso del actor, declarando la inconstitucionalidad de los decretos 495/2020, 692/2020 y 899/2020 dictados por el Poder Ejecutivo y ordenando a ANSES el pago de las diferencias que correspondan. Asimismo, revocó la tasa de interés fijada y dispuso que se aplique la tasa pasiva promedio del BCRA. En lo demás, confirmó la sentencia de grado.
Los principales fundamentos fueron:
- La parte actora no se adhirió al Programa Nacional de Reparación Histórica de la ley 27.260, por lo que resulta inaplicable el índice RIPTE establecido en dicha norma.
- La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, debiendo aplicarse el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC).
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de los decretos 495/2020, 692/2020 y 899/2020, debiéndose abonar las diferencias que surjan de aplicar el art. 32 de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426.
- Los planteos de inconstitucionalidad de otros artículos legales y la exención del impuesto a las ganancias no fueron abordados por el juez de primera instancia, por lo que se desestiman por incongruentes.
- Respecto a la tasa de interés, corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.
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