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MILANESE, OLGA LEONOR c/ OSJERA s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la regulación de honorarios fijada al letrado de la parte actora en una acción de amparo contra OSJERA.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Ley 27 423 Unidad de medida arancelaria uma Accion de amparo Osjera


¿Quién es el actor?

Olga Leonor Milanese

¿A quién se demanda?

OSJERA
- Objeto de la demanda: Acción de amparo
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo e impuesto las costas a la parte vencida (OSJERA). Específicamente, confirmó la regulación de honorarios del letrado de la parte actora en 26 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), teniendo en cuenta la Resolución 2375/2024 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que elevó el valor del UMA a $61.995 a partir del 1 de septiembre de 2024.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los jueces no están obligados a ponderar exhaustivamente todas las pruebas o argumentos, sino sólo aquellos considerados esenciales y decisivos para el fallo.
- La regulación de honorarios realizada por el juez de primera instancia se encuentra conforme a derecho, ponderando adecuadamente los criterios de la Ley 27.423 como la complejidad, importancia y trascendencia del juicio, así como la calidad y labor profesional del letrado.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación elevó el valor del UMA a $61.995 a partir del 1 de septiembre de 2024.

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