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U., M. G. (EN REPRESENTACION DE U.T.) c/ UNION PERSONAL s/LEY DE DISCAPACIDAD

La representante de un menor con discapacidad promovió acción de amparo contra la obra social reclamando la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura del 100% de dicha prestación.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Cobertura integral Acompanante terapeutico


¿Quién es el actor?

M.G. en representación de U.T. (menor con discapacidad)

¿A quién se demanda?

UNION PERSONAL (obra social)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura del 100% de la prestación de acompañante terapéutico, sin limitaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud del menor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que obliga a las obras sociales a brindar cobertura integral.
- La obra social no logró desvirtuar la necesidad y adecuación del tratamiento de acompañante terapéutico indicado por el médico tratante.
- La ley 24.901 establece la obligación de brindar una cobertura total e integral acorde a las necesidades de la persona con discapacidad.

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