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ESPINDOLA, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó parcialmente la sentencia y difirió el análisis del ajuste de la PBU al momento de la liquidación.

Tasa de interes Prescripcion Seguridad social Cosa juzgada administrativa Pbu Reajuste de haberes previsionales

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el actor y la demandada. Se difirió el análisis del ajuste de la PBU al momento de la liquidación. Se confirmó la sentencia en lo demás que decide. Fundamentos principales:
- El plazo de caducidad de 90 días hábiles judiciales para reclamar el reajuste del haber previsional se computa desde la notificación de la resolución que denegó el reclamo, no desde la resolución que otorgó el beneficio.
- Corresponde adecuar y diferir el análisis del ajuste de la PBU para el tiempo de la liquidación, en los términos del precedente "Quiroga".
- Corresponde ratificar la aplicación de la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de los intereses, conforme a la jurisprudencia de la CSJN.

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