SPATARO, MARTA NOEMI c/ ANSES s/PENSIONES
La actora reclamó el beneficio de pensión por el fallecimiento de su conviviente. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a ANSES otorgarle la pensión solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La señora Marta Noemí Spataro demandó a ANSES reclamando el beneficio de pensión por el fallecimiento de su conviviente, el señor Carlos Alberto Musich.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución administrativa que había denegado el beneficio y ordenando a ANSES otorgarle la pensión.
- La ANSES apeló la sentencia, cuestionando que no se habían acreditado los requisitos legales de convivencia en aparente matrimonio por al menos 5 años anteriores al fallecimiento.
- La Cámara Federal analizó las pruebas aportadas y consideró acreditada la convivencia por el plazo legal, por lo que confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
- La Cámara destacó que los jueces deben actuar con cautela cuando se trata de cuestiones que afectan prestaciones de carácter alimentario, como la pensión, cuidando de no desvirtuar los fines de subsistencia que inspiran la materia previsional.
- Respecto al plazo de cumplimiento de 30 días fijado en la sentencia, la Cámara consideró que al tratarse de una obligación de dictar un acto administrativo y no de pago de sumas de dinero, no resultaba aplicable el plazo máximo de 60 días establecido en la Ley 24.463, siendo razonable el plazo de 30 días dispuesto.
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