L., L. A. c/ OSPECON s/AMPARO DE SALUD
El actor con discapacidad promovió amparo para obtener cobertura médica. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la atención requerida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. L. A. L., con patrocinio letrado, promovió acción de amparo contra la obra social OSPECON a fin de que se ordene la continuidad de las prestaciones de rehabilitación y transporte que le fueron interrumpidas. Expuso que padece hemiplejía izquierda, incontinencia urinaria y traumatismo intracraneal, requiriendo tratamiento kinesiológico en un centro especializado. En primera instancia, se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada otorgar la cobertura integral de la atención médica requerida. La obra social apeló únicamente la imposición de costas. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que, en materia de costas, rige el principio objetivo de la derrota, siendo improcedente apartarse del mismo, pues la vía judicial ejercida por el actor resultó determinante para asegurar su derecho a la salud, frente a la negativa inicial de la obra social.
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