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DEL RIO, ADRIANA c/ O.S.P.E. s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra la obra social para mantener la cobertura médico-asistencial tras obtener su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.

Obra social Derecho a la salud Jubilacion Cobertura medica Amparo


¿Quién es el actor?

Adriana Del Río

¿A quién se demanda?

Obra Social de Petroleros (OSPe)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener el mantenimiento de la cobertura médico-asistencial bajo el Plan PMO tras obtener el beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Fundamentos principales:
- La ley 19.032 que creó el INSSJP (PAMI) no implicó un pase automático de los pasivos a ese organismo, sino que los jubilados y pensionados mantienen la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente a su actividad laboral previa.
- Según la normativa, los jubilados y pensionados tienen el derecho de elegir mantenerse afiliados a la obra social a la que se encontraban incorporados durante su vida laboral o pasar al PAMI.
- La obra social está obligada a mantener la afiliación del jubilado, siendo que su postura contraria se basa en una interpretación aislada de las normas.
- Las costas deben imponerse a la demandada vencida, sin que existan razones para apartarse del principio objetivo de la derrota.
- Los honorarios del letrado de la actora fueron regulados de acuerdo a la ley arancelaria vigente, teniendo en cuenta las pautas de ponderación en función del carácter del proceso.

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