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SEDAN, DANIEL LUIS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de haberes. La Cámara Federal de la Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó la aplicación del índice para actualizar las remuneraciones anteriores a marzo de 2009.

Previsional Confiscatoriedad Reajuste de haberes Actualizacion de remuneraciones Indice Movil


¿Quién es el actor?

Daniel Luis Sedan

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de La Plata hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la ANSES. Revocó la declaración de inconstitucionalidad del índice establecido en el art. 3 de la Ley 27.426 para actualizar las remuneraciones anteriores a marzo de 2009, al considerar que es el Congreso quien debe fijar los índices de movilidad de las jubilaciones. Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha señalado que es el Congreso el órgano facultado para establecer los índices de actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial, al tratarse de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- Por lo tanto, en principio no resulta razonable extender en abstracto la aplicación de índices fijados por la Corte en otros precedentes, cuando el Congreso ha dispuesto la manera en que se actualizarán las remuneraciones históricas.
- Respecto a la posible confiscatoriedad de los topes legales, se difiere su tratamiento al momento de la liquidación, a fin de evaluar si el nivel de quita resulta confiscatorio.

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