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VERA, DANIELA GISELLE c/ OBRA SOCIAL DE LOS MEDICOS -OSMEDICA- s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social cubrir prestaciones por la discapacidad de su hijo. La Cámara Federal de La Plata modificó la sentencia y ordenó a la obra social brindar toda prestación, medicación o tratamiento que requiera el niño a raíz de su discapacidad.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Trastorno del espectro autista Nino Cobertura de salud Accion de amparo


¿Quién es el actor?

Daniela Giselle Vera, en representación de su hijo menor con discapacidad

¿A quién se demanda?

Obra Social de los Médicos (OSMEDICA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que OSMEDICA cubra prestaciones de psicopedagogía, acompañante terapéutico, psicología, fonoaudiología y terapia ocupacional, así como cualquier otra prestación, medicación o tratamiento que requiera el niño por su discapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a OSMEDICA brindar cobertura a toda prestación, medicación o tratamiento que le sea indicado al niño por su condición de discapacidad. Además, elevó los honorarios del Defensor Público Oficial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que el derecho a la salud, especialmente en casos de enfermedades graves, está relacionado con el derecho a la vida y la autonomía personal. Destacó el deber de los tribunales de considerar el interés superior del niño y su derecho a la atención integral de su salud. Indicó que OSMEDICA debe cubrir toda prestación que requiera el niño por su diagnóstico de autismo.

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