ALTAMIRANO, WALTER DANIEL c/ OSFE s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para que la obra social brinde cobertura del tratamiento de rehabilitación intensivo para su hijo. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó que las costas se impongan en el orden causado.
Actor: W.D.A., en representación de su hijo menor V.A.T.D. Demandado: Obra Social Ferroviaria (OSFE) Objeto: Que la obra social brinde cobertura del tratamiento de rehabilitación intensivo para el hijo del actor en el Centro de Rehabilitación Integral de Discapacidad en Niños y Adolescentes (CAREI). Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que las costas de ambas instancias se impongan en el orden causado, considerando que el actor pudo creerse con válido derecho a promover el reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El juez de primera instancia había rechazado el amparo por considerar que la cobertura que brindaba la obra social bajo la modalidad de "tratamiento integral simple" era acorde a las prestaciones que recibía el niño. Sin embargo, la Cámara consideró que debe ponderarse especialmente la naturaleza del derecho involucrado, y que el actor pudo creerse con válido derecho a litigar, por lo que correspondía imponer las costas en el orden causado.
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