F., C. A. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral de tratamientos y prestaciones para sus hijos con discapacidad. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando la cobertura al 100% de la prestación de cuidador domiciliario cuando se preste a través de la cartilla de la obra social, y limitando el porcentaje de cobertura cuando se contrate un prestador externo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, en representación de sus hijos con diagnósticos de trastornos generalizados del desarrollo y autismo, promovió una acción de amparo contra la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (OSUPCN) solicitando la cobertura integral de las prestaciones terapéuticas indicadas por los médicos tratantes.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la obra social brindar la cobertura de las prestaciones de acompañante terapéutico y cuidador domiciliario.
- La obra social apeló la sentencia, cuestionando la cobertura de la prestación de cuidador domiciliario.
- La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia, manteniendo la cobertura de las prestaciones ordenadas en primera instancia, pero estableciendo que la cobertura de la prestación de cuidador domiciliario será al 100% cuando se contrate a través de la cartilla de la obra social, y se limitará a los valores de la Comisión Nacional del Trabajo para el Personal de Casas Particulares cuando se contrate un prestador externo.
- La Cámara también ordenó a la obra social brindar cobertura a las demás prestaciones médicas futuras que prescriban los médicos tratantes de los menores.
- Además, elevó los honorarios del defensor público coadyuvante de primera instancia y reguló nuevos honorarios de alzada.
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