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C., M. D. V. c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS-OSDE s/AMPARO LEY 16.986

La amparista demandó a OSDE por la cobertura de medicación para fibrosis pulmonar. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que declaró abstracta la acción, pero mantuvo la imposición de costas a la demandada.

Costas Honorarios Ley 27 423 Cobertura medica Amparo Fibrosis pulmonar


¿Quién es el actor?

M. d. V. C.

¿A quién se demanda?

ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS-OSDE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la cobertura de la medicación indicada por su médico tratante para la fibrosis pulmonar progresiva.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que declaró abstracta la acción por el fallecimiento de la amparista, pero mantuvo la imposición de costas a la demandada. Respecto a los honorarios, confirmó los fijados en primera instancia a favor de la letrada de la actora y reguló honorarios de alzada. Fundamentos principales:
- Las sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de su dictado, por lo que al haberse informado el fallecimiento de la amparista, el objeto de la acción se ha tornado abstracto.
- No obstante, correspondía imponer las costas a la demandada, en virtud del principio objetivo de la derrota, dado que la actora debió recurrir a la vía judicial para obtener la cobertura médica que le fuera negada.
- Los honorarios regulados a favor de la letrada de la actora en primera instancia se consideraron adecuados, atendiendo a las pautas de la Ley 27.423.
- Se regularon honorarios de alzada a favor de la representación de la actora en un 30% de lo establecido en primera instancia.

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