A.S.E. (OBRA SOCIAL ACCION SOCIAL DE EMPRESARIOS) c/ RAMIREZ, NIDIA DEL SOCORRO s/EJECUCION FISCAL ? Varios
La apoderada de la parte demandada solicitó aclaración de la regulación de los honorarios profesionales. La Cámara Federal de Corrientes hizo lugar parcialmente al incidente y aclaró la regulación correspondiente a ambos profesionales.
Ejecución fiscal
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Corrientes hizo lugar parcialmente al recurso de aclaratoria interpuesto por la apoderada de la parte demandada, Dra. Norma G. Piragine Niveiro de Rinesi, y aclaró que los honorarios profesionales regulados corresponden a la tarea desarrollada por ella y el Dr. Facundo Agustín Lezcano Maidana, de modo conjunto, conforme las pautas arancelarias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que, si bien el recurso de aclaratoria tiene por objeto salvar un error material, aclarar un concepto oscuro y decidir sobre pretensiones omitidas, al esclarecer su pronunciamiento no debe alterar lo sustancial de la decisión. Verificó que el tribunal había omitido involuntariamente regular los estipendios profesionales de la Dra. Piragine Niveiro de Rinesi, quien intervino como apoderada de la parte demandada, por lo que correspondía hacer lugar al planteo y aclarar la regulación de honorarios de ambos profesionales de modo conjunto.
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