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NUESCH, GUILLERMO GODOFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, con precisiones sobre el cálculo del haber inicial.

Costas Honorarios Seguridad social Ley 26 417 Reajuste de haber previsional Isbic


¿Quién es el actor?

Guillermo Godofredo Nuesch

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar parcialmente a la demanda. Estableció que la actualización de las remuneraciones devengadas debe realizarse conforme al índice ISBIC hasta febrero de 2009, y a partir de allí según la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas. Impuso las costas de la apelación a la demandada y reguló honorarios a favor del actor. Fundamentos relevantes:
- La Cámara se remitió a los fundamentos expuestos en un fallo anterior ("Piazza, María Cristina c/ ANSES"), en el que se había analizado la cuestión sobre la aplicación del RIPT en lugar del ISBIC.
- Señaló que corresponde confirmar la actualización de las remuneraciones conforme al ISBIC hasta febrero de 2009, y luego aplicar las pautas de la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas.
- Sobre las costas, indicó que se aplica el régimen general del CPCCN, declarando inconstitucional el art. 21 de la Ley 24.463.

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