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TIBALDI, RICARDO MIGUEL c/ A.N.S.E.S. s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió demanda por la inconstitucionalidad del tope a su jubilación especial. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó que el tope previsto en la ley general no resulta aplicable a su beneficio obtenido bajo el régimen especial de la ley 22.929.

Inconstitucionalidad Regimen especial Ley 22 929 Jubilacion especial Tope jubilatorio

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Ricardo Miguel Tibaldi, demandó a la ANSES solicitando la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463 que impone un tope a su jubilación obtenida bajo el régimen especial de la Ley 22.929. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inaplicabilidad de dicho tope. La ANSES apeló esa decisión. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el fallo de primera instancia. Consideró que el régimen jubilatorio de la Ley 22.929 para investigadores científicos y tecnológicos tiene carácter especial y autónomo, por lo que no corresponde aplicarle los topes previstos en la legislación general. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que sostiene la vigencia de este régimen especial. Asimismo, confirmó la imposición de costas a la demandada en base a la doctrina judicial que declaró inconstitucional el art. 21 de la Ley 24.463.

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